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Blog técnico
Fiscalidad inmobiliaria7 min10 de abril de 2026

Nuevo valor de referencia catastral 2026 en Valencia: cómo impugnarlo

Por Berta Fernández Garcés — Arquitecta Forense, Vocal Agrupación Peritos COACV

¿Qué es el valor de referencia catastral y por qué importa en 2026?

Desde el 1 de enero de 2022, la Ley 11/2021 introdujo el valor de referencia como base imponible mínima en el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP) y el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD). Este valor lo fija el Catastro anualmente para cada inmueble, cruzando datos de transacciones del mercado con coeficientes de corrección.

En 2026, el Catastro ha actualizado los valores de referencia aplicando los coeficientes de actualización previstos en los Presupuestos Generales del Estado. En determinados municipios de la Comunitat Valenciana —especialmente en el litoral de Alicante (Benidorm, Altea, Calpe), en Valencia capital y en municipios del Área Metropolitana— estos valores han aumentado significativamente respecto a 2025.

El problema: muchos valores de referencia siguen sin reflejar la realidad del mercado local, especialmente en inmuebles con características singulares, mal estado de conservación o ubicados en zonas de mercado heterogéneo.

¿Cuándo puede impugnar el valor de referencia?

Puede impugnar el valor de referencia en dos momentos:

1. En el momento de la autoliquidación del impuesto: Si presenta el ITP o el ISD usando como base imponible el valor de referencia catastral, puede hacerlo bajo protesta y solicitar simultáneamente la tasación pericial contradictoria (TPC).

2. Cuando la Administración notifica una comprobación de valores: Si declara un valor inferior al de referencia y la Agencia Tributaria Valenciana (ATV) emite una propuesta de liquidación basada en el valor de referencia, tiene un mes desde la notificación para solicitar la TPC.

La tasación pericial contradictoria en 2026: novedades

El Tribunal Supremo ha consolidado en 2024-2025 una jurisprudencia relevante: la carga de la prueba recae sobre la Administración cuando el contribuyente impugna el valor de referencia. Esto significa que la ATV debe justificar que su valor refleja el mercado real; el contribuyente no debe demostrar que está equivocada, sino simplemente aportar una valoración alternativa fundamentada.

Esta inversión de la carga probatoria favorece significativamente la posición del contribuyente que cuenta con un informe pericial bien elaborado.

Casos frecuentes de valores de referencia incorrectos en Valencia

En nuestra experiencia en la Comunitat Valenciana, detectamos sobrevaloraciones frecuentes en:

  • Inmuebles en ruina o mal estado de conservación en municipios del interior.
  • Locales comerciales en zonas de decaimiento del comercio físico.
  • Viviendas en plantas bajas en edificios de Valencia capital con problemas de humedad o sin ascensor.
  • Inmuebles en zonas afectadas por la DANA cuyo valor de mercado se ha depreciado por la percepción de riesgo de inundación.
  • Solares sin desarrollar en sectores urbanísticos con planeamiento paralizado.

El papel del arquitecto perito en la impugnación

El arquitecto perito aporta una valoración alternativa basada en:

1. Inspección presencial del inmueble (estado de conservación real). 2. Estudio de comparables de mercado locales y actuales (notarías, portales inmobiliarios, datos del Colegio de Registradores). 3. Metodología ECO/805/2003 o comparativa, según el tipo de inmueble. 4. Documentación fotográfica y referencia catastral actualizada.

El informe debe estar visado por el COACV o el colegio profesional correspondiente para tener plena validez ante la ATV y los tribunales económico-administrativos.

En Peritos Expertos hemos tramitado más de un centenar de tasaciones periciales contradictorias en la Comunitat Valenciana. Consulte su caso antes de autoliquidar: en muchos supuestos, la diferencia entre el valor de referencia y el valor real puede suponer un ahorro fiscal de varios miles de euros.

BF

Berta Fernández Garcés

Arquitecta Forense · Vocal Agrupación Peritos COACV · Colegiada Nº 8.119

Directora del gabinete técnico Peritos Expertos. Más de 15 años de actuación pericial en juzgados de Valencia, Alicante y Castellón.

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